Aguascalientes
CÁRCEL A QUIENES DIFUNDAN Y COMPARTAN MATERIAL CON CONTENIDO SEXUAL
De uno a cuatro años de prisión, además del pago de 300 a 600 días multa, se prevé como sanciones a quienes difundan, compartan, manipulen o comercialicen contenido video gráfico y auditivo en el que se exponga información confidencial privada o imágenes de genitales y actos sexuales o eróticos, sin el consentimiento y que vayan en contra de la dignidad e intimidad de la persona.
Lo anterior, luego de que las comisiones unidas de Justicia y la de Igualdad Sustantiva y Equidad de Género en el Congreso del Estado, aprobaron el dictamen sobre las reformas a diversos ordenamientos, con el propósito de castigar y prevenir la violencia digital de género.
El delito que se discutirá en pleno para insertar en el Código Penal para el Estado de Aguascalientes, se cataloga como de Violación a la Intimidad Personal.
También cuando alguien amenace, provoque o insulte a una o más mujeres, mediante la utilización de cualquier medio tecnológico y vulnere su libertad, dignidad y desarrollo psicosexual, será motivo para castigarse, al ser considerada como violencia digital.