Aguascalientes

MULTARÁN A CHOFERES DEL TRANSPORTE PÚBLICO QUE NO SE BAÑEN

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Los conductores de cualquier tipo transporte público que laboren sin bañarse y mal vestidos, podrán hacerse acreedores a una sanción económica que superaría  los mil 700 pesos.

Así quedó estipulado en la Ley de Ingresos del Estado, vigente a partir del 2018. El apartado referente a  las multas  que imponga la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y/o la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad por infracciones a la Ley de Vialidad del Estado de Aguascalientes,  señala a la letra en el Artículo 23 que merece el castigo “por prestar servicio con mala presentación personal, desaseado y en su caso, sin el uniforme requerido”.

Con un mismo monto en multas está no dar trato preferencial a los adultos mayores, niños, personas con discapacidad y embarazadas.

Entre otras de las disposiciones avaladas por el Congreso del Estado,  se encuentran  sancionar hasta con más de 8 mil pesos el manejar sin precaución, sin respetar las señales de tránsito, usar el teléfono celular mientras se maneja y exceder los límites de velocidad.

Por manejar con aliento alcohólico, en estado de ebriedad o bajo algún otro estimulante, se multará hasta con más de 26 mil pesos.

A los choferes de  taxis que aprovechen una ruta para ir subiendo más pasaje mientras cumple el trayecto del usuario original, se sancionará con  casi 4 mil 500 pesos, siempre y cuando la autoridad lo sorprenda o sea denunciado.

Choferes de camiones urbanos y suburbanos que no cumplan con itinerarios, rutas y horarios, tendrán que pagar como sanción más de 2 mil 600 pesos.

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