Aguascalientes

DIPUTADOS DIJERON SÍ A LA VIDA, PERO DE FORMA INCONSTITUCIONAL

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La Suprema Corte de Justicia corrigió al Congreso del Estado e invalidó el artículo que imponía la defensa de la vida “desde su concepción hasta su muerte natural”, y que se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 29 de marzo del 2021.

Las comisiones de Derechos Humanos tanto de Aguascalientes como la Nacional, impugnaron las reglas y, el máximo órgano de justicia determinó que el legislativo local carece de facultades para alterar el contenido esencial del derecho a la vida y dotar con carácter de persona a la vida prenatal. Tal situación, agregó, restringe derechos fundamentales previstos tanto en la Constitución Federal como en los tratados internacionales.

El Poder Judicial insiste en que el Congreso de Aguascalientes no está constitucionalmente habilitado para determinar a partir de qué momento comienza la protección a la vida.

En el análisis destaca también que en la configuración de la norma local se limitó los derechos de cada persona para decidir el número y esparcimiento de sus hijos, y constituye una intromisión arbitraria de su vida privada, lo cual violenta su libre desarrollo de personalidad.

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