Hacer testamento en Aguascalientes podría volverse un trámite menos engorroso. El Congreso estatal avaló una reforma al Código Civil para eliminar, como regla general, la obligación de acudir con dos testigos para otorgar un testamento público abierto, al considerar que este requisito representa un formalismo innecesario cuando el notario es quien recibe la voluntad del testador, verifica su identidad, capacidad y libertad, y da fe del acto.

Con los cambios, el testador podrá expresar directamente su voluntad ante el notario, quien redactará las disposiciones y las leerá para su aprobación. Los testigos quedarían reservados para casos específicos, como cuando el testador no pueda o no sepa firmar, o cuando así lo soliciten el propio testador o el notario. La reforma también contempla derogar disposiciones relacionadas con la identificación del testador mediante testigos y establece que la fe pública debe recaer en el profesional del notariado.

“Los testigos nacieron cuando no había otra forma de identificar a una persona. Hoy la fe pública la tiene el notario; hoy se otorga un poder, una compraventa, una donación o una hipoteca sin testigos; hoy el notario puede validar biométricamente la credencial del INE”, subrayó el diputado Adán Valdivia.

El dictamen sostiene que Aguascalientes mantiene actualmente una exigencia que ya fue eliminada o limitada en la mayoría de las entidades del país: según el análisis legislativo, solo siete estados conservan la obligatoriedad de los testigos como regla general. Sin embargo, la reforma dejó intactas las disposiciones relativas a personas que no hablan español y a personas con discapacidad, debido a la necesidad de garantizar los derechos de estos grupos y realizar las consultas correspondientes antes de modificar esas normas.